Las órdenes efectuadas «por lo mejor» son las más utilizadas en el mercado de valores por los clientes.
Se trata de una orden efectuada sin ningún tipo de límite y recibe también el nombre de «orden de mercado».
El cliente simplemente le pide a su intermediario que ejecute una orden al mejor precio posible, teniendo éste que ingeniárselas para alcanzar una operación con buenos resultados.
1) Sin límite de ejecución
Las órdenes «por lo mejor» no cuentan con ningún tipo de límite temporal para su ejecución.
En estos casos, los intermediarios disponen de plena libertad para llevarlas a cabo, tanto en el precio de compra o venta como en el tiempo que se emplea. Ante esta situación de total libertad, el intermediario tiene que tomar por sí mismo las decisiones y encontrar el momento más propicio para realizar la orden.
Pese a esta vía libre de actuación, el intermediario siempre ha de intentar llevar a cabo la orden de su cliente sin demoras injustificadas.
2) Sin reclamaciones
Si se decide por efectuar una orden «por lo mejor», siempre ha de tener en cuenta que está dando a su intermediario plena libertad de actuación, por lo que no podrá reclamarle responsabilidades si la operación sale a peor cambio de lo que en un principio habría previsto.
Lo que sucede en estos casos es similar a la situación en que se encuentra una persona que está decorando su casa y encarga este trabajo a un profesional sin darle las instrucciones precisas. Este hará su labor como mejor crea conveniente pero no podrá reclamar.
3) Significa acudir al mejor precio
En relación a la ilustración de esta página, un intermediario que haya recibido de su cliente una orden de compra «por lo mejor» de telefónicas deberá acudir al precio más barato que exista en el mercado.
En el ejemplo de la ilustración, éste sería de 7.080 pesetas. Ocurre lo mismo si la orden es de venta. En este segundo supuesto, el intermediario deberá buscar el valor más caro.
En este ocasión, será de 7.070 pesetas. Sólo podrá comprar «por lo mejor» el número de acciones tasadas a ese precio, aunque el inversor desee más títulos.
4) Mercado Abierto
Las órdenes o partes no ejecutadas de las mismas se sitúan en el libro de órdenes siguiendo la prioridad precio-tiempo, la negociación se realiza según el mismo criterio.
Reglas básicas de negociación
Las órdenes pueden ser negociadas en su totalidad (en uno o varios pasos), parcialmente o no ser ejecutadas. Por lo tanto cada nueva orden entrante puede generar varias negociaciones. Las órdenes o partes no negociadas de las mismas se sitúan en el libro de órdenes siguiendo la prioridad precio/tiempo y se ejecutan según el mismo criterio.
La determinación del precio en mercado se realiza de acuerdo con las siguientes reglas además de la prioridad precio/tiempo:
Regla 1:
• Si una orden entrante (limitada o de mercado) se encuentra en el lado contrario una orden limitada, la orden que está en el libro determina el precio de la negociación. La parte no ejecutada se negociará al precio de la siguiente orden limitada.
Regla 2:
• Si se introduce una orden de mercado y en el lado contrario sólo hay órdenes de mercado, se negociarán al precio de la última negociación. En el caso de que la orden no se ejecute en su totalidad, la parte no negociada queda posicionada en el libro como orden de mercado.
Ejemplos:
Regla 3:
• Si se introduce una orden de mercado y en el otro lado del libro hay órdenes de mercado y órdenes limitadas, se negociarán al último precio o al mejor de las limitadas.
Ejemplo:
• Si se introduce una orden limitada y en el otro lado del libro sólo hay órdenes de mercado, se negociará al precio último o al de la orden limitada si es mejor que éste.
Ejemplos:
• Si se introduce una orden limitada y en el otro lado del libro hay órdenes de mercado y órdenes limitadas, se negociará al último precio o al mejor de las limitadas por la cuantía de volumen disponible a ese precio. El resto se negociará al siguiente mejor precio.
Regla 4:
• Si se introduce una orden por lo mejor y en el lado contrario hay órdenes de mercado y limitadas, asumirá el mejor precio del lado contrario y negociará a este precio tanto con la orden de mercado como con la limitada.
Subasta al Cierre
La sesión finaliza con una subasta de 5 minutos, con las mismas características que la subasta de apertura, entre las 17:30h y las 17:35h, con un cierre aleatorio de 30 segundos. El precio resultante de esta subasta es el precio de cierre de la sesión. En caso de que no exista precio de subasta, o bien, que se negocien en ésta menos de 500 títulos, el precio de cierre será, de entre los precios correspondientes a las 500 últimas unidades de contratación negociadas, el que resulte más cercano a su precio medio ponderado y, en caso de que los dos precios guarden la misma diferencia con ese precio ponderado, el último de ellos negociado. En el caso de no haberse negociado durante la sesión 500 unidades de contratación, el precio de cierre será el de la sesión anterior.
Modalidad Fixing:
El Mercado Fixing consta de dos subastas:
Primera subasta: Desde el comienzo de la subasta de apertura de la modalidad Open (8:30h.) Hasta las 12h con un cierre aleatorio de 30 segundos.
Segunda subasta: Desde el final de la asignación de la primera subasta hasta las 16h. Con un cierre aleatorio de 30 segundos.
Para esta modalidad, se podrán introducir órdenes de mercado, órdenes por lo mejor, órdenes limitadas y órdenes de volumen oculto.
Se difundirá la misma información que en las subastas del mercado Open.
Mercado de Bloques:
Este mercado, diseñado para la negociación de operaciones de elevado volumen se desarrolla con el mismo horario que el mercado de órdenes.
Mercado de Operaciones Especiales:
Este Mercado permite realizar operaciones fuera del horario de contratación, es decir, desde el cierre del mercado hasta las 20:00h.
Mercado Latibex:
Es el mercado destinado a la contratación en euros de valores latinoamericanos.
Nuevo Mercado:
Es el segmento especial de negociación para valores del ámbito tecnológico y de alto potencial de crecimiento. Este mercado tiene condiciones específicas de contratación dada la naturaleza de los valores que en el mismo se negocian.