Atención que la nueva sentencia del TS va a traer una serie de consecuencias importantes, preparen el bolsillo los que vayan a pedir una hipoteca al banco.
Cuando una persona contrata un préstamo hipotecario con una entidad bancaria aparecen una serie de gastos tales como la gestoría, el notario, la inscripción en el Registro de la Propiedad, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), la tasación de la vivienda. Todo estos gastos corren por cuenta del solicitante del préstamo, y no los paga el banco.
Pero la nueva sentencia del Tribunal Supremo (TS) acaba de corregirse a sí mismo y dictamina que es el banco quien ha de pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Lo curioso es que la sentencia no dice nada acerca de la retroactividad… el caso es que desde ahora, son los bancos los que tienen que pagar este tributo y no el cliente.
¿Pero qué es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados? Un tributo que grava una serie de documentos notariales o mercantiles, como por ejemplo las escrituras del préstamo hipotecario. La cuota es un porcentaje del importe del préstamo, y le corresponde a las CC.AA. Suele ser diferente en cada lugar, pudiendo verse casos en que es el 0,5% en Madrid e incluso el 1,5% en Andalucía.
¿Y quién sale beneficiado? Todas aquellas personas que hubiesen suscrito una hipoteca para compra de vivienda en los últimos cuatro años.
¿A todo el mundo que tenga derecho a reclamar la devolución del dinero pagado le merece la pena hacerlo? No, porque los bancos no van a ceder tan fácilmente y habrá que ir a juicio en la mayoría de los casos. Se estima que serán rentables las reclamaciones superiores a los 2.000 euros.
¿Cuánto se tarda en recibir el dinero reclamado? Cada CC.AA tiene un periodo de cuatro años para devolver el dinero únicamente a quienes así lo soliciten. Y se debe pedir también los intereses (3,75%).
¿Cuál es el procedimiento? con el procedimiento administrativo común, se puede reclamar la devolución 30 días después de la fecha de formalización de la hipoteca ante notario, y durante los 4 años siguientes. Pero como es un impuesto cedido a las CC.AA, el escrito de solicitud se debe hacer ante las administraciones tributarias de cada una de ellas, que serán las encargadas de hacer la devolución.
¿Qué repercusión o impacto tendrá todo esto en los bancos? Supone un auténtico mazazo, hablamos de unos 4.000 millones de euros en el caso de la banca española.
¿Y qué va a suponer para las personas que a partir de ahora contraten una hipoteca? Pues como siempre, la banca nunca pierde (y cuando alguna vez sucede es rescatada con dinero público que generalmente es a fondo perdido y no se recupera). Y digo que la banca no va a perder porque este dinero lo van a recuperar por dos vías:
- Aumento de comisiones a todos los cientes.
- Hipotecas más caras desde ahora.
Las reacciones de los bancos españoles en la Bolsa nada más conocerse la sentencia del TS fue elocuente, fuertes caídas
Foto Expansión
Ismael de la Cruz
ismaeldelacruz.es