El otro día leyendo el expansión uno se encontraba con la siguiente foto.
Y hoy nos encontrábamos con la idea TOP del día:
VENTA ACCIONES Y COMPRA DERECHOS
Si vendemos las acciones y compramos los derechos entramos con un diferencial de un 1,67% de beneficio. (No se incluyen las comisiones para el cálculo).
¿Curioso no?
El anuncio de la ampliación es colocado en el lugar mas apropiado del periódico, pero es que hay mas, si vemos la foto con el anuncio de QUABIT nos encontramos con los que han tenido la brillante idea de enviar esto.
Ahora preguntaréis ¿Por que es una idea tan brillante?
Pues por que en caso de no salir adelante la ampliación por no llegarse al mínimo exigido el inversor perdería un 25% de la inversión, estaría vendiendo acciones de QUABIT a 0,061€, para comprar derechos de QUABIT a 0,01€ y suscribir cada 3 derechos 2 acciones a 0,045€, todo por ahorrarse 0,001€ en la operación (todo un super negocio sin duda)
Para ser mas claro, veamos los ejemplos.
Caso a) Inversor/accionista de QUABIT que decide vender sus acciones para comprar derechos y sale la ampliación de capital por que se alcanza el mínimo.
Dicho inversor tiene por ejemplo 120.000 acciones de QUABIT.
Este inversor vende sus 120.000 acciones a 0,061€, por lo que recibe 7.320€
Este inversor procede a comprar 180.000 derechos a 0,01€ , lo que supone invertir 1800€ y con estos 180.000 derechos suscribe las 120.000 acciones que le corresponden: Lo que implica invertir 5400€.
El inversor ha puesto 7200€ y tiene las mismas acciones que antes ahorrándose 120€.
¿Idea excelente?
Caso b) Inversor/accionista de QUABIT que decide vender sus acciones para comprar derechos y NO sale la ampliación de capital por que NO se alcanza el mínimo de 777.777.778 acciones suscritas.
Dicho inversor tiene por ejemplo 120.000 acciones de QUABIT.
Este inversor vende sus 120.000 acciones a 0,061€, por lo que recibe 7.320€
Este inversor procede a comprar 180.000 derechos a 0,01€ , lo que supone invertir 1800€ y con estos 180.000 derechos suscribe las 120.000 acciones que le corresponden: Lo que implica invertir 5400€.
El inversor ha puesto 7200€ , pero como no ha salido la ampliación de capital adelante ha perdido su inversión en el derecho (1800€) y se ha quedado sin las 120.000 acciones, por lo que el banco le devuelve a su cuenta 5400€.
Resumen: Acaba de perder de 7200€ un 25% ,lo que es lo mismo 1800€ y no tiene ni las acciones.
¿Compensa arriesgar 1800€ contra ahorrar 120€? Diríamos que no….
Mas si cabe cuando aun poniéndonos en el mejor de los casos son unas acciones que según el calendario fijado por la compañía los accionistas no dispondrían de dichas acciones hasta el 23 de diciembre.
Hoy se ha comunicado la siguiente información relevante:
En el día de hoy se ha procedido a notificar por parte del juzgado de lo mercantil 3 de Madrid ,la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2015, por la cal se procede a ABROBAR EL CONVENIO DE ACREEDORES aceptado por la junta de Acreedores de la propia RAYET.
http://www.cnmv.es/Portal/HR/ResultadoBusquedaHR.aspx?nreg=231317&th=H
Esto no significa que RAYET vaya a suscribir acciones de QUABIT, simplemente indican que ya no va a verse obligada a vender sus acciones.
1.088.000 derechos se han negociado hoy a 0,01€ ,lo que es lo mismo equivalente a suscribir solamente 725.333 acciones.
La situación no varia de la anunciada el fin de semana y la probabilidad de perder el 100% del valor del derecho para quien lo posea (bien haya comprado o bien le hayan tocado) es bastante elevada incluso tomando la decisión de suscribir.
Nota: No suscribiendo se pierde si o si, puesto que el fin de un derecho es suscribir acciones, simplemente eso…Por ello pensamos que la gran mayoría de inversores que tengan derechos se verán forzados a suscribir.
Y aquí es donde esta el verdadero problema ¿Quien suscribirá los 710.373.433 derechos de RAYET y GALIANO que son casi el 50% de la ampliación de capital?
Solo un HR indicando algún nuevo compromiso y esta vez por 476 millones de acciones cambiaría las cosas…..
Gesprobolsa
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