Tres días después de producirse una operación de compraventa en Bolsa, el Servicio de Compensación y Liquidación transfiere las acciones adquiridas a su nuevo propietario (mediante la inscripción de éste en el registro de anotaciones en cuenta) y, de forma simultánea, abona al antiguo propietario el dinero correspondiente a la venta de sus acciones en el mercado de valores.
1) Los protagonistas
El Servicio de Compensación y Liquidación (SCL) cuenta con una serie de entidades adheridas (sociedades y agencias de valores y Bolsa, Bancos, Cajas de Ahorro, etc,) que se encargan de hacer efectivas las operaciones de liquidación de los valores.
Mediante un sistema electrónico, estas entidades están en contacto permanente con las sociedades rectoras de bolsas, el SCL, los miembros del mercado de valores y el Banco de España.
Todos son eslabones del proceso de liquidación y están centralizados por el SCL, entidad que coordina el registro de anotaciones y el sistema de cuentas para liquidar las operaciones.
2) La nueva liquidación en euros
Todos los servicios de compensación y liquidación de la Bolsa española operan en euros coincidiendo con la entrada en vigor de la Unión Económica y Monetaria.
A partir de esa fecha, todos los operadores aceptarán las órdenes de sus clientes en euros o en la moneda nacional y el registro central de anotaciones en cuenta del SCL mantendrá esta doble contabilidad para todas las operaciones realizadas en Bolsa. De este modo, el SCL se adaptará al funcionamiento de los sistemas de compensación de las naciones que van a integrar la unión monetaria.
3) La operación se realiza en tres días
Una vez contratado un determinado valor en Bolsa, se inicia el proceso de liquidación.
Las sociedades rectoras informan al Servicio de Compensación y Liquidación (SCL) del volumen y precio de los títulos contratados. Con un día de plazo desde el momento de la contratación, los miembros de la Bolsa que han negociado la compraventa deben enviar al SCL un desglose informativo de la operación.
El SCL enviará esta información a las entidades adheridas, las cuales podrán aceptar o rechazar la responsabilidad de llevar a cabo la liquidación de los valores (tienen dos días para tomar la decisión).
El SCL facilita a estas entidades una serie de cuentas donde depositar el dinero de los compradores. Tres días después de la contratación, la entidad adherida se dirige al Banco de España y hace efectivo el pago de los valores adquiridos.
En el momento de la realización de este pago, el SCL procederá a cambiar la titularidad del antiguo propietario por la del nuevo comprador en el registro de anotaciones en cuenta.