Es el propio mercado, de acuerdo con la demanda y la oferta existente en cada momento, el que se encarga de efectuar la valoración de los derechos y cotización de las acciones, y en muchas ocasiones es diferente de las valoraciones teóricas establecidas «a priori».
1) POSIBILIDADES DE GESTION
Generalmente una vez comenzada la ampliación de capital, comprar los derechos en el mercado para su posterior suscripción de acciones es generalmente mas ventajoso para el inversor por los siguientes motivos:
a)Por la diferencia de los dividendos entre las acciones nuevas y viejas.
b)Por la perdida de liquidez que supone el suscribir acciones nuevas (No cotizan de forma inmediata ).
En el supuesto que un accionista deseara continuar con su inversión y suscribir las acciones nuevas emitidas puede seguir los siguientes caminos:
- Vender todas las acciones viejas y comprar derechos para suscribir nuevamente.
- Efectuar la denominada «Operación Blanca» (se comentara en otro epígrafe) y que consiste en vender las acciones viejas necesarias para efectuar la suscripción de tal forma que al inversor no le suponga desembolsos adicionales.
- Vender los derechos y comprar acciones viejas ex – derecho.
- Suscribir las acciones nuevas que le correspondan.
Veamos con un ejemplo las dos ultimas alternativas. Sea una acción que cotiza a 18.50 Euros y realiza una ampliación de capital de 1 X 7 con desembolso de 3 Euros, sin diferencia de dividendos. La cotización teórica del derecho ser de 1.94 Euros y la cotización teórica de la acción ex- derecho, de 16.56 Euros. Es evidente que entre ambos precios pueden establecerse arbitrajes para lograr el equilibrio entre ambos precios. La situación se puede representar en el gráfico de la siguiente página. Los casos que pueden presentarse son los siguientes:
A- Los derechos cotizan por encima del valor teórico:
Si cotizan por ejemplo a 2.10 Euros las acciones también tenderán a subir por encima del valor teórico, ya que a los tenedores de derechos les es mas beneficioso venderlos y comprar acciones. 2.10 x 7 + 3 = 17.7 Euros. Al cotizar las acciones a 16.56, resultaría conveniente vender los derechos y comprar las acciones a este precio.
B- Los Derechos cotizan por debajo de su valor te¢rico:
En este caso seria conveniente vender acciones y comprar derechos. Si por ejemplo los derechos cotizan a 1.25 Euros y resultara: 1.25 x 7 + 3 = 11.75 Euros.
Al cotizar la acción a 16.56 Euros, seria conveniente vender estas acciones y comprar derechos.
2) CRECIMIENTO BURSATIL y CRECIMIENTO CONTABLE
El crecimiento de las magnitudes económicas que presentan las empresas son consecuencia directa de los recursos empleados y de la capacidad que tiene la empresa de generar cash – flow.
Este crecimiento producido, en muchas ocasiones, no tiene el correcto reflejo en el precio de las acciones en el mercado, debido, fundamentalmente a que son las expectativas que el mercado tiene en la empresa las que determinan de forma importante el crecimiento en los precios de las acciones.
Al accionista, le interesa mas el crecimiento de la acción que la propia expansión de la empresa, ya que las ganancias del accionista en la bolsa no tienen en ocasiones relación con los beneficios de la sociedad. El accionista, en definitiva, capitaliza los beneficios futuros que obtendrá del juego del mercado.
3) OPERACION BLANCA
Se denomina «Operación Blanca» la suscripción de las ampliaciones de capital al precio de emisión, vendiendo los derechos necesarios para cubrir dicha suscripción y de tal forma que el inversor no efectúe ningún desembolso adicional.
La equivalencia planteada es la siguiente:
Es decir, el numero de cupones a vender a un precio x, ser igual al importe que es preciso desembolsar para suscribir, y que será equivalente al número de derechos poseidos (Nv) menos los que ha de vender por el precio de la suscripción y la proporción de la ampliación .
Otra forma de determinar el número de derechos a vender es la siguiente:
x = Nº de derechos a vender
y = Nº de derechos a conservar
La expresión anterior expresa el desembolso necesario para suscribir una acción
D = Valor del derecho
Nn= Nº de acciones a suscribir
La equivalencia por lo tanto ser:
x + y = N
Ejemplo:
Se poseen 100 acciones viejas (Nv) y hay que desembolsar por las acciones nuevas 3 Euros, para una ampliación de 1 por 10 a la par. Si el precio de derecho en el mercado es de 0.50 Euros, la ecuación ser la siguiente:
(100 – x )*3* 1/10= 0.50x
donde x = 37.5
Se deberán vender por lo tanto 37.5 (40 derechos para cumplir con las condiciones de la ampliación) a 0.50 Euros para suscribir 6 acciones nuevas.
Aplicando el segundo razonamiento tendremos:
x + y = 100
donde x = 40 (37.5) e y = 60.
El numero de acciones nuevas a suscribir será:
Por lo tanto se podrán suscribir 6 acciones nuevas.