Atendiendo a la titularidad de las acciones:
Acciones Nominales.
Acciones al portador.
Atendiendo al precio de emisión:
Acciones emitidas a la par P1 = N
Acciones emitidas con prima de emisión (+ ó -) P1 distinto a N
Acciones emitidas sobre la par ó acciones emitidas con prima de emisión P1 > N
Acciones emitidas bajo la par ó acciones emitidas con quebranto de emisión P1 < N. Estas acciones no están permitidas en España, a excepción que se emitan acciones total o parcialmente liberadas.
Atendiendo a sí son acciones ordinarias o, privilegiadas ó preferentes:
Acciones Ordinarias.
Acciones Privilegiadas o Preferentes: tienen algún derecho adicional sobre los derechos que proporciona una acción ordinaria (por ejemplo: recibir dividendos siempre que haya beneficios en las empresas). También pueden tener un efecto negativo a cambio de un efecto positivo, como pudiera ser el no poder asistir a las Juntas Generales a cambio de participar en los dividendos siempre que la empresa obtenga beneficios.
Atendiendo a la forma de desembolso:
Acciones Numerario: el desembolso se realiza en efectivo.
Acciones de Aportación: el desembolso se realiza en especie (aportar maquinaria, terrenos,…).
Acciones Liberadas: son aquellas que se emiten por debajo de su nominal. Se emiten como forma de pago a los trabajadores de la propia empresa. S las acciones se otorgan totalmente gratis se denominan Acciones Totalmente Liberadas. La empresa compensa la diferencia entre el precio de emisión y el nominal a cargo a Reservas.
Títulos Fundador: son aquellas acciones que se emiten para compensar a los fundadores o promotores de la empresa por los servicios prestados.